El artículo 116 de la Constitución y la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio autorizan a los poderes públicos para que, respetando el Estado de Derecho, hagan frente tasada y proporcionalmente a diversas situaciones excepcionales, como emergencias naturales...
El artículo 116 de la Constitución y la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio autorizan a los poderes públicos para que, respetando el Estado de Derecho, hagan frente tasada y proporcionalmente a diversas situaciones excepcionales, como emergencias naturales, graves crisis de orden público y agresiones violentas al orden constitucional. El control jurisdiccional de las decisiones de declaración y de prórroga de dichos estados excepcionales no ha sido, sin embargo, previsto ni constitucional ni legalmente. Y la doctrina ha discrepado tanto de la viabilidad de ese control como del órgano al que encomendarlo. Ello se ha debido a la pluralidad de formas y a la singular naturaleza de las decisiones excepcionales, cuyo titular y procedimiento de adopción difieren dependiendo del estado a declarar. Este libro tiene por objeto el estudio de las decisiones que adoptan los titulares del poder de excepción y de las garantías que cabe oponerles para proteger el orden constitucional. En él, el autor analiza la diversidad, la naturaleza y el régimen jurídico de las decisiones excepcionales previstas en los modelos de Derecho comparado y expone el proceso de racionalización del poder en el modelo europeo de estado de excepción, desde la garantía de la doble reserva de ley hasta el logro de la sumisión, en ciertos países, de las decisiones excepcionales a la justicia constitucional. A partir de este marco de referencia, el libro aborda el alcance y la naturaleza jurídica de las decisiones de declaración y prórroga de los estados de alarma, excepción y sitio en el régimen constitucional español, así como los problemas teórico-prácticos que, debido a sus singularidades, ha suscitado su contenido y su control jurisdiccional, especialmente tras la declaración y prórroga de sendos estados de alarma en 2010 y 2020.
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